Defendemos a las personas frente a las noticias falsas

Cuando la información se publica sin contrastar y verificar los hechos puede suceder que se esté aplicando una condena social a una persona, a varias o incluso a las instituciones y que más tarde se compruebe que son inocentes,  más tarde descubriremos que se les ha aplicado injustamente el principio de presunción de culpabilidad, cuando la constitución y el derecho penal de este país consagra lo contrario, el principio de presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.

Cuando el objetivo de las informaciones basadas en noticias falsas no se refieren al análisis con pruebas de los hechos y fundamentalmente se dirigen al desprestigio de la persona o institución, convine sospechar si se está informando o se está utilizando la información para otro objetivo distinto, como la devaluación y el daño de la imagen y la reputación de las víctimas en cada caso utilizando noticias falsas para ello.

Asignar al sistema judicial toda la responsabilidad para investigar los hechos que forman parte de los procesos de evaluación del buen funcionamiento de las organizaciones en democracia es insuficiente e irresponsable, pues debido a la temporalidad media de los procesos judiciales, las partes afectadas se ven sometidas a supuestos como la llamada «pena del telediario» a la culpabilización social propia y de su entorno familiar, y a la omisión de sus derechos derivados de la presunción de inocencia que la sociedad debería respetar con mayor madurez y responsabilidad.

Evitar que las noticias falsas tengan víctimas inocentes es uno de nuestros principales fines como asociación. Ayúdanos a conseguirlo.

Asóciate, ayudanos a cambiar la ley y recibe nuestro apoyo.

AVANF - Transparencia

Nuestro Manifiesto

La asociación ciudadana de “Víctimas y Afectados de Noticias Falsas” (AVANF) inscrita en el registro de asociaciones de la Generalitat Valenciana con el número CV-01-061209-V y en el Registro de entidades y asociaciones del Ayuntamiento de Valencia, se ha constituido para hacer frente a la propagación de noticias falsas que se ha extendido notablemente como medio para atacar la reputación y la imagen de las personas e instituciones.

 

El derecho a la información veraz es una condición indispensable para la salud de las sociedades democráticas. Del mismo modo que la emisión de gases contaminantes está destruyendo el ecosistema del planeta, la manipulación informativa, es decir, la emisión continua y programada de noticias falsas está destruyendo nuestro ecosistema democrático y propiciando la emergencia nuevas de formas de totalitarismo.

 

AVANF es una respuesta desde la sociedad civil para promover acciones sociales, judiciales, políticas y científicas que limiten la capacidad de destrucción masiva de las falsas noticias. Asume que es imprescindible para la salud democrática de nuestras sociedades recuperar el derecho a la información veraz. Parte de la convicción que es necesario visibilizar las graves consecuencias sociales y políticas que su uso generalizado está propiciando y que es urgente y necesario ayudar a reparar el daño que padecen sus víctimas y afectados.

 

Las noticias falsas responden a un dinamismo complejo con muchas capas y niveles, como si de una cebolla se tratase. Los medios de comunicación forman parte esencial de este entramado, pero no son los únicos agentes. En este sistema dinámico denominado de muchas formas últimamente, (Máquina del fango, noticias falsas, fake news, trumpismo, populismo, realidades alternativas, etc…), hay agentes que procuran mantenerse ocultos y que pertenecen al lobby del poder económico, hay agentes que operan como intermediarios de comunicación al servicio de los partidos políticos, hay medios de comunicación creados a propósito para conseguir objetivos políticos poco o nada democráticos, hay partidos políticos que han desarrollado un modo de ingeniería de la información – desinformación para instrumentalizar la función de los medios de comunicación en su propio beneficio, y hay sobre todo un amplio espectro de relación de desigualdad en el uso de los medios de la sociedad de la información frente a este gran dispositivo mediático-económico.

La aparente capacidad inicial del ciudadano con un móvil en sus manos para divulgar en igualdad de condiciones a los medios, prácticamente se ha esfumado como consecuencia del grán ruido informativo generado de forma intencionada sobre todo con la polarización del dicurso político que han propiciado las múltiples tertulias televisivas bajo el modelo de dicusión de “sálvame”. En términos históricos, podríamos decir que hemos pasado del ‘Único pensamiento’ del franquismo promovido desde la uniformidad informativa de la prensa del regimen fascista, al ‘Pensamiento único’ promovido por la aparente diversidad de medios de la actual monarquía parlamentaria. 

Una diversidad aparente y más formal que real en la medida que la propiedad de los principales medios se concentra en las mismas manos o en propietarios diversos pero con intereses comunes. El término fascismo define el totalitarismo social que promovía el franquismo.En la actualidad son más adecuados los términos postfascismo del historiador italiano Enzo Traverso y el término ‘pop-fascismo’ con el cual podríamos caracrerizar la fase actual del ‘amarillismo’ de programas de diversión como ‘Salvame’ o ‘La isla de las tentaciones’. El primero permite pensar y analizar la construcción y la imposición de la ‘normalidad’ económica, política y científica en las secciones informativas de los medios. El segundo permite pensar y analizar la construcción de las reglas y códigos morales y de conducta que se promueven en las secciones de entretenimiento y diversión de los medios dominantes.

La batalla política rodea constantemente este tipo de experiencias que tienen como víctimas a personas que se ven envueltas en un conflicto de intereses políticos, ideológicos y económicos, cuyo desenlace pasa por crear simbólicamente  un sujeto culpable, un cabeza de turco sobre el que se traslada la carga de la responsabilidad mediante noticias falsas, para que los intereses de los agresores prevalezcan y sigan obteniendo el beneficio buscado.  El fondo del asunto es política de nuevo cuño. Así que seamos realistas en AVANF vamos a tener que hablar de política.

 

Creamos la asociación como resultado de la experiencia de ataque personal y profesional que hemos sufrido las personas impulsoras de esta asociación durante los últimos años a través de determinados medios de comunicación frente a los cuales no tenemos individualmente posibilidades razonables de defensa.

 

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Nuestros Fines en los Estatutos AVANF

Fines y Actividades de la Asociación de Víctimas de Noticias Falsas.

 

Constituyen los fines de la Asociación los siguientes:

 

Analizar a petición del interesado/a la información publicada en cualquiera de los canales y medios de divulgación social que pueda tener como objetivo la devaluación y el deterioro de la imagen pública de las personas y la degradación de su reputación, así como el desprestigio de las entidades e instituciones públicas o privadas que desarrollen una actividad de interés público y social sin ánimo de lucro. Todo ello en el marco del artículo 18 de la Constitución Española de 6 de diciembre de 1978, relativo al derecho a la intimidad y su desarrollo normativo que resulta de aplicación en el ámbito estatal y autonómico.

 

Registrar en una base de datos las informaciones publicadas de los casos estudiados y verificados, con la finalidad de objetivar las actuaciones de defensa posteriores, así como el archivo de la información en un soporte digitalizado que permita su utilización posterior en otras acciones necesarias. De acuerdo con lo previsto en el Título II al V de la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales. (BOE-A-2018-16673).

 

Defender el derecho a la privacidad de las personas y su aplicación en materia de protección de datos estableciendo mecanismos de diferenciación respecto del derecho a la información. En el marco de los derechos previstos en el Titulo X, arts. 79 al 97 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales. (BOE-A-2018-16673). Y también en el Art. 12 de la Declaración de Derechos Humanos.

 

Denunciar las noticias falsas mediante la comprobación de los hechos solicitando las rectificaciones oportunas y colaborando a la restitución de la imagen pública y la reputación de la persona o personas afectadas, así como de las entidades e instituciones que lo requieran. En aplicación del Cap. III de la Ley 19, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. (BOE-A-2013-12887).

 

Divulgar el resultado de las actuaciones de la asociación a través de medios digitales y de forma específica a través de su página web, así como a través de la solicitud de rectificación a los medios que hayan podido participar en la divulgación de la información sin contrastar o verificar.

 

 

Asesorar a las personas afectadas por procesos de desprestigio y deterioro de su reputación pública, a partir de los procesos internos de verificación de los hechos contrastados, una vez haya sido aceptada su inclusión como defendidos de la asociación como usuarios en los diferentes servicios establecidos. También estableciendo protocolos de actuación que articulen los derechos de defensa y rectificación, de acuerdo con el ámbito de referencia legal que resulte de aplicación.

 

Defensa de la imagen y reputación pública de las personas asociadas, que hayan sido victimas de la divulgación de noticias falsas a través de los canales, medios y servicios que disponga la asociación, con la finalidad de instar a las personas o entidades causantes del perjuicio causado a la restauración y reposición de la imagen pública y a la restitución del daño causado a las personas o instituciones que hayan sido verificadas y aceptadas como usuarios de la asociación y calificadas como víctimas de noticias falsas.

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Editorial AVANF

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